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Razones por las que hay que cambiar la Ley Concursal
La crisis ha dejado en evidencia a los bancos, acreedores y empresas.
La Ley Concursal, con una vigencia de algo más de cuatro años, se ha ido al traste a las primeras de cambio. En otras palabras, la primera vez que la ley tenía que hacer frente a una crisis económica, lejos de ayudar a empresas, bancos y acreedores se ha convertido en un obstáculo para solucionar sus problemas. Prueba de ello son las numerosas declaraciones de concurso de grandes, pequeñas y medianas empresas durante el año pasado. La mayoría de los expertos coinciden en que “la ley concursal no sirve para salvar a las empresas en crisis, pues está pensada para situaciones de bonanza económica”.
Lo primero que llama la atención son los breves y ágiles plazos que marca la ley. Los tres días que tiene el juez para declarar si admite o no un concurso de acreedores se retrasa a un mes y medio y la media para resolver el proceso supera con creces el año de duración, en los juzgados mercantiles de Madrid. Este período de tiempo se complica bastante cuando las compañías son de un gran tamaño, como por ejemplo las inmobiliarias Martinsa-Fadesa, Hábitat, Tremón o Colonial. Un asunto que dificulta más la tramitación es cuando un acreedor, que no está conforme con la lista de acreedores la impugna.
Presiones de los bancos
Otro punto que urge reformar es el papel de los bancos. La primera opción del deudor antes de iniciar un concurso de acreedores es buscar un acuerdo con el banco para refinanciar su deuda. “La ley no favorece a la entidad de crédito porque la refinanciación en la mayoría de los casos puede agravar el estado de insolvencia del deudor y, además, está sujeto a las acciones rescisorias”, apunta un experto. En su opinión, “la reforma cambiará este aspecto para que las financieras no pierdan su crédito o los bienes refinanciados. De esta ganará en seguridad”. En efecto, “lo que se pretende con la reforma es evitar que las refinanciaciones previas al concurso puedan ser revisadas y anuladas por el juez mercantil, es decir, se trata de blindar las refinanciaciones”, declara un jurista. Es conocido que a los bancos le interesa llegar a un acuerdo de refinanciación, pues si se declara un concurso estará obligado a provisionar en sus cuentas de resultados el 25% del importe de la deuda.
Otra lacra de la ley concursal es la inexistencia de un sistema de homologación de los acuerdos extrajudiciales. Las partes prefieren evitar el proceso concursal por sus costes económicos, temporales y reputacionales. Un acuerdo de esta naturaleza presenta grandes ventajas, pero tiene el riesgo de que sea revocado.
Un asunto relacionado con esto es la rigidez de los límites del contenido del convenio anticipado. Las empresas tampoco se libran de los efectos negativos de la ley, pese a que “el empresario acude muy tarde a la declaración concursal, por lo que poco a casi nada se puede hacer. La liquidación está servida”. Según un magistrado, “la mayor parte de los concursos son de liquidación y no existe otra solución que la del cese de la actividad y el despido de los trabajadores, sin opciones para el mantenimiento y venta de unidades productivas”. Lo más recomendable en estos casos, según los expertos, es llegar a acuerdos a través de la figura del convenio anticipado.
Más jueces
Finalmente, la reforma de la ley concursal no tendría éxito si no se acompaña de más medios personales y materiales. Actualmente, la plantilla de magistrados mercantiles es insuficiente, aproximadamente 50, pese a que el Gobierno creó la pasada semana 15 nuevos juzgados.
Fuertes discrepancias entre Justicia y Economía
El Ministerio de Economía y el de Justicia mantienen fuertes discrepancias respecto al contenido de la reforma de la Ley Concursal. Fuentes jurídicas consultadas por LA GACETA han señalado que esta ha sido una de las razones por la que la modificación de la ley no ha sido aprobada todavía por el Consejo de Ministros, a través de decreto-ley.
“Economía quiere cambiar sólo dos artículos de la ley, el 71 y el 100, que buscan dar más seguridad a las entidades financieras, mientras que Justicia pretende una reforma de más envergadura, quiere retocar los honorarios de los administradores y simplificar su número en los procesos”, explica una fuente. La idea es que la modificación de la ley concursal se incluya como un anexo dentro de un paquete de medidas para reactivar la economía y dar seguridad al sistema financiero, por ello este cambio legal pasaría de puntillas.
“A la mayoría de los magistrados mercantiles no le parece bien esta reforma tan precipitada y menos aún, una medida puntual en las operaciones de refinanciación de los bancos, que no arregla nada”, subraya un juez. “Tampoco se ha contado con la opinión de abogados y economistas, nos han mantenido al margen”, comenta un abogado. Todo indica que los bancos y cajas de ahorro no están ayudando a las empresas por el riesgo que supone que sus créditos sean revisados en la fase de refinanciación. La razón es clara porque el banco perdería las garantías obtenidas. En otras palabras, el crédito se queda como ordinario. Otra de las reformas que se incorporará será agilizar y facilitar los convenios anticipados.
Diario LA GACETA DE LOS NEGOCIOS, 16 febrero 2009